Qué Son Los Daños Y Perjuicios Según El Código Civil Argentino

Los daños y perjuicios, según el Código Civil Argentino, son indemnizaciones por pérdidas económicas o morales causadas injustamente.


Los daños y perjuicios según el Código Civil Argentino se refieren a la obligación que tiene una persona de reparar o indemnizar el daño causado a otra, ya sea por acción u omisión, cuando se prueba la existencia de un daño concreto, un hecho ilícito y un nexo causal entre ambos.

Analizaremos en detalle qué establece el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina sobre los daños y perjuicios, cuáles son sus elementos esenciales, cómo se clasifican y cuáles son las formas y límites para su reparación. Esta explicación te permitirá comprender mejor los fundamentos legales para reclamar una indemnización en caso de sufrir un daño y cuáles son las responsabilidades que surgen en diferentes situaciones.

Definición y Fundamento Legal

El Código Civil y Comercial de la Nación, en sus artículos 1726 y siguientes, establece que el que causa un daño a otro, por acción u omisión, está obligado a repararlo. Este principio se basa en la idea de justicia y equidad, buscando restaurar la situación al estado previo al daño o, cuando esto no es posible, otorgar una compensación económica adecuada.

Elementos esenciales para reclamar daños y perjuicios

  • Daño: Puede ser material (daño patrimonial) o moral (daño emocional o psicológico).
  • Hecho ilícito: Una acción u omisión contraria a la ley, contrato o al deber de cuidado.
  • Nexo causal: Relación directa entre el hecho ilícito y el daño sufrido.
  • Capacidad del damnificado: Debe ser una persona con aptitud legal para reclamar la reparación.

Clasificación de daños y perjuicios

Es importante distinguir entre los distintos tipos de daños, ya que afectan la forma de calcular la indemnización:

  1. Daño emergente: Pérdida o detrimento efectivo sufrido, como gastos médicos o reparación de un bien.
  2. Lucro cesante: Ganancia que se deja de percibir por el daño sufrido, por ejemplo, ingresos no obtenidos debido a una incapacidad.
  3. Daño moral: Afectación a la integridad psíquica o emocional, reconocida como indemnizable en la legislación argentina.

Cómo se determina y calcula la indemnización

El Código establece que la reparación debe ser integral, procurando cubrir tanto el daño emergente como el lucro cesante. La valoración del daño moral es subjetiva y depende del juez, pero debe estar debidamente fundamentada. Para facilitar la reclamación, se recomienda contar con:

  • Documentación que pruebe el daño (facturas, informes médicos, testigos).
  • Pruebas del hecho ilícito y el nexo causal.
  • Un cálculo detallado de las pérdidas económicas.

Ejemplos prácticos

Si una persona sufre un accidente por negligencia de un tercero y debe pagar gastos médicos y pierde días de trabajo, puede reclamar:

  • Reembolso por las facturas médicas (daño emergente).
  • Compensación por los salarios no percibidos (lucro cesante).
  • Indemnización por el sufrimiento causado (daño moral).

Por último, es importante destacar que la reparación de daños y perjuicios puede variar según el contexto y que el Código Civil y Comercial Argentino establece normas específicas para casos de responsabilidad contractual y extracontractual.

Diferencias Entre Daños Materiales Y Daños Morales En La Legislación Argentina

En el ámbito del derecho civil argentino, distinguir entre daños materiales y daños morales es fundamental para la correcta aplicación de la ley y la adecuada reparación del perjuicio sufrido por una persona.

¿Qué Son Los Daños Materiales?

Los daños materiales, también conocidos como daños emergentes, son aquellos que afectan el patrimonio económico de una persona. Es decir, representan las pérdidas o detrimentos tangibles y cuantificables que sufre el damnificado a raíz de un hecho ilícito.

Ejemplos comunes incluyen:

  • Daños en un vehículo tras un accidente de tránsito.
  • Pérdida o destrucción de bienes muebles o inmuebles.
  • Gastos médicos derivados de una lesión física.
  • Lucro cesante, es decir, la ganancia que dejó de percibirse por la imposibilidad de realizar una actividad.

¿Qué Son Los Daños Morales?

Por otro lado, los daños morales se refieren a las perjuicios que afectan la esfera personal e íntima del individuo, tales como el sufrimiento, la angustia, la pérdida de la calidad de vida, la honra, la dignidad y el bienestar emocional.

Estos daños son de naturaleza inmaterial, y aunque su valoración es más compleja, la legislación argentina los reconoce y protege con igual importancia que los daños materiales.

Algunos ejemplos de daños morales son:

  • El estrés y trauma psicológico tras un accidente grave.
  • La pérdida de un ser querido por negligencia médica.
  • El daño a la reputación o el honor por difamación.

Comparación Clave Entre Daños Materiales Y Morales

AspectoDaños MaterialesDaños Morales
NaturalezaTangible y patrimonialIntangible y personal
CuantificaciónSe mide en dinero y es comprobable mediante documentos.Se valora subjetivamente por el juez según la gravedad y circunstancias.
EjemplosReparación de un bien, gastos médicos, lucro cesante.Sufrimiento psicológico, daño a la honra, pérdida de calidad de vida.
PruebaDocumental, testimonios, peritajes.Testimonios, informes psicológicos, contexto probatorio.

Consejos Prácticos Para Reclamar Daños En Argentina

  1. Documentar todo: Para los daños materiales, guardar facturas, presupuestos, informes técnicos y médicos. Para daños morales, recolectar testimonios y evaluaciones psicológicas puede ser clave.
  2. Asesorarse con un abogado especializado: La interpretación jurídica y correcta presentación del reclamo es fundamental para una reparación justa.
  3. Ser específico en la demanda: Detallar claramente la naturaleza del daño sufrido, la relación de causalidad y los perjuicios concretos.
  4. Conocer los plazos: En el Código Civil y Comercial Argentino, el plazo para reclamar daños suele ser de 3 años desde el conocimiento del daño, aunque varía según el caso.

Casos Relevantes en la Jurisprudencia Argentina

Un ejemplo emblemático es la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso «Fernández c. Estado Nacional», donde se reconoció un resarcimiento económico por daño moral y material tras un accidente de tránsito causado por negligencia estatal. En esta causa, se destacó la importancia de valorar conjuntamente ambos tipos de daños para garantizar una reparación integral.

En definitiva, la correcta identificación y distinción entre daños materiales y morales es esencial para que el sistema legal argentino pueda ofrecer soluciones justas y adecuadas a quienes han sufrido un perjuicio.

Preguntas frecuentes

¿Qué se entiende por daños y perjuicios en el Código Civil Argentino?

Son las consecuencias negativas sufridas por una persona debido a un acto ilícito, que pueden ser materiales o morales.

¿Cómo se clasifican los daños según la ley argentina?

Se dividen en daños emergentes, que son las pérdidas directas, y lucro cesante, la ganancia que dejó de percibirse.

¿Quién puede reclamar daños y perjuicios?

La persona que haya sufrido un daño como consecuencia de una acción u omisión atribuible a otra persona.

¿Qué requisitos exige el Código Civil para reclamar daños y perjuicios?

Debe existir un daño, una conducta culposa o dolosa, y un nexo causal entre ambos.

¿Es posible reclamar daños morales?

Sí, el Código Civil reconoce la reparación de daños morales cuando la integridad psíquica o afectiva se ve afectada.

¿Cómo se calcula la indemnización por daños y perjuicios?

Se calcula según la reparación integral, considerando tanto daños emergentes como lucro cesante, y en caso de daños morales, según la gravedad.

Punto ClaveDescripción
Definición legalConsecuencias negativas de un acto ilícito que afectan a una persona.
Tipos de dañosDaños emergentes, lucro cesante y daños morales.
Requisitos para reclamarDaño, culpa o dolo, y nexo causal.
Daños emergentesPérdidas económicas directas sufridas.
Lucro cesanteGanancias que se dejaron de obtener a causa del daño.
Daños moralesAfectación a la integridad psíquica o sentimientos.
IndemnizaciónReparación integral que cubre todas las pérdidas causadas.
PrescripciónEn general, las acciones por daños prescriben a los 3 años.
PruebasEs fundamental demostrar el daño, la culpa y el nexo causal.
ResponsabilidadPuede ser civil, contractual o extracontractual según el caso.

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