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Cuántos años hay que cotizar para jubilarse en Argentina

Para jubilarse en Argentina necesitás cotizar al menos 30 años; es un requisito clave para acceder a la jubilación ordinaria.


En Argentina, para poder jubilarse y acceder a una jubilación ordinaria por el sistema previsional, es necesario haber cotizado al menos 30 años. Este requisito se encuentra establecido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y se aplica tanto para hombres como para mujeres, aunque existen algunas excepciones y regímenes especiales que pueden modificar esta cifra.

Vamos a detallar los aspectos clave del sistema previsional argentino en cuanto a los años de cotización requeridos para jubilarse, incluyendo los diferentes regímenes, edades mínimas y condiciones especiales que pueden influir en el acceso a la jubilación. Analizaremos además cómo se calcula el tiempo de aportes y cuáles son las alternativas para quienes no alcanzan los 30 años completos.

Años de cotización para jubilarse en Argentina

El sistema previsional argentino establece que la jubilación ordinaria requiere:

  • 30 años de aportes al sistema previsional.
  • Edad mínima de 65 años para los hombres.
  • Edad mínima de 60 años para las mujeres.

Estos requisitos corresponden al régimen general. En el caso de trabajadores en regímenes especiales, como empleados de fuerzas de seguridad, docentes o personal de salud, los años de aportes y la edad requerida pueden variar.

¿Cómo se computan los años de aportes?

Los años de cotización se calculan sumando los meses en los que el trabajador estuvo realizando aportes al sistema. En Argentina, se pueden computar:

  • Períodos de trabajo registrado con aportes comprobables.
  • Períodos de servicio militar obligatorio.
  • Períodos de licencia por maternidad o enfermedad, en algunos casos.
  • Períodos de aportes voluntarios o pagos voluntarios en caso de trabajadores independientes.

Para alcanzar los 30 años, se consideran meses completos, y generalmente se redondea si el total de meses supera un número determinado.

Alternativas para quienes no tienen 30 años de aportes

Existen algunas condiciones que permiten jubilarse con menos de 30 años de aportes:

  • Moratoria previsional: Programas lanzados por el Estado para regularizar aportes y completar años faltantes, dirigidos a trabajadores que no tienen completos los 30 años necesarios.
  • Jubilación por edad avanzada y menor aporte: En algunos casos, si el trabajador tiene cierta edad avanzada, puede acceder a una jubilación con aportes inferiores a 30 años, aunque con un haber menor.
  • Jubilación por discapacidad o condiciones especiales: Donde se pueden reconocer menos años de aportes si se cumplen requisitos médicos.

Importancia de la edad para jubilarse

Además de los años de aportes, la edad mínima es requisito fundamental:

Sexo Edad mínima para jubilarse Años de aportes mínimos
Hombres 65 años 30 años
Mujeres 60 años 30 años

Si no se cumple con la edad mínima, aunque se tengan los años de aportes, no se puede acceder a la jubilación ordinaria. Por eso, es importante planificar tanto el aporte como la edad de retiro.

Requisitos específicos de aportes según diferentes regímenes previsionales argentinos

En Argentina, el sistema previsional está compuesto por diversos regímenes que establecen condiciones particulares para acceder a la jubilación. Cada uno tiene requisitos específicos en cuanto a los años de aportes y la edad mínima, adaptados a distintas actividades laborales y sectores.

Principales regímenes previsionales y sus requisitos

  • Régimen General (Sistema Integrado Previsional Argentino – SIPA)

    • Años de aportes: mínimo 30 años para mujeres y 35 años para hombres.
    • Edad mínima: 60 años para mujeres y 65 años para hombres.
    • Permite acceder a la jubilación ordinaria con aportes continuos o discontinuos.
  • Régimen Especial de Trabajadores del Servicio Doméstico

    • Años de aportes: mínimo 30 años de aportes.
    • Edad mínima: 60 años para mujeres y 65 años para hombres.
    • Este régimen facilita la inclusión de trabajadores que históricamente tuvieron dificultades para jubilarse.
  • Régimen de Autónomos

    • Años de aportes: mínimo 30 años.
    • Edad mínima: 60 años para mujeres y 65 años para hombres.
    • Es fundamental mantener los pagos actualizados para no perder aportes.
  • Régimen de Jubilación por Invalidez

    • No se exige un mínimo de años aportados, pero sí un certificado de discapacidad.
    • Está destinado a quienes no pueden seguir trabajando por razones de salud.

Tabla comparativa de requisitos según régimen

Régimen Años Mínimos de Aportes Edad Mínima Mujeres Edad Mínima Hombres Observaciones
SIPA (Régimen General) 30 (Mujeres) / 35 (Hombres) 60 años 65 años Permite jubilación ordinaria con aportes discontinuos.
Servicio Doméstico 30 60 años 65 años Facilita la incorporación de trabajadores vulnerables.
Autónomos 30 60 años 65 años Importancia de mantener aportes al día.
Invalidez No requerido No requerido No requerido Requiere certificado médico y discapacidad comprobada.

Consejos prácticos para cumplir con los aportes en cada régimen

  • Verificar periódicamente tus aportes a través del sitio oficial de la ANSES para evitar sorpresas.
  • Regularizar aportes atrasados mediante planes de pago, especialmente para autónomos.
  • Informarse sobre la posibilidad de jubilación anticipada para sectores específicos, como docentes y fuerzas de seguridad.
  • Utilizar la opción de cómputo de años trabajados en el extranjero si corresponde, para completar los años necesarios.

Por ejemplo, un trabajador autónomo que comienza a aportar a los 30 años y mantiene una continuidad razonable podrá jubilarse sin problemas alrededor de los 60-65 años, siempre que cumpla con el mínimo de 30 años de aportes. En cambio, un empleado del servicio doméstico debe prestar especial atención a que su empleador realice los aportes correspondientes, dado que es una actividad con alta informalidad.

Investigaciones relevantes

Según un informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en 2022, aproximadamente un 35% de los trabajadores en Argentina no logra acumular los años mínimos de aportes para jubilarse, especialmente en sectores informales como el servicio doméstico y ciertos trabajadores autónomos.

Esto subraya la importancia de conocer en detalle los requisitos específicos de cada régimen y planificar adecuadamente para alcanzar la jubilación sin inconvenientes.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años se deben cotizar para jubilarse en Argentina?

Se deben acreditar al menos 30 años de aportes para acceder a la jubilación ordinaria.

¿A qué edad mínima se puede jubilar una persona en Argentina?

La edad mínima es de 65 años para los hombres y 60 para las mujeres, salvo regímenes especiales.

¿Qué pasa si no tengo los años de aportes necesarios para jubilarme?

Podés seguir aportando hasta completar los requisitos o acceder a regímenes especiales como la moratoria previsional.

¿Existe una jubilación anticipada en Argentina?

Sí, ciertas actividades permiten jubilarse antes, pero con condiciones especiales y, generalmente, con menores beneficios.

¿Se puede jubilar una persona sin aportar años completos?

Solo en casos especiales, como moratorias o jubilaciones por invalidez, no es necesario cumplir con todos los años de aportes.

¿Los años de servicio público cuentan para la jubilación?

Sí, los años trabajados en el sector público pueden sumarse, siempre que estén debidamente registrados.

Puntos clave sobre la jubilación en Argentina

  • Edad mínima para hombres: 65 años.
  • Edad mínima para mujeres: 60 años.
  • Años mínimos de aportes: 30 años.
  • Moratoria previsional para quienes no alcanzan los años de aportes.
  • Jubilación anticipada disponible para ciertas profesiones y trabajos.
  • Registro formal de aportes imprescindible para la jubilación.
  • Posibilidad de combinar aportes en el sector público y privado.
  • Reajustes periódicos de haberes jubilatorios según la ley vigente.
  • Requisitos especiales para trabajadores rurales, docentes y fuerzas de seguridad.
  • Opciones de pensión para familiares en caso de fallecimiento del titular.

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